¡Las marcas en México!

Publicado por César Bautista en
Herrera y Asociados 13 / Mayo / 2020

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Las marcas en México, obligadas a declarar su uso a los tres años de registro

La nueva ley en México exige declarar el uso real de las marcas dentro de los tres meses posteriores a que se cumplan tres años del otorgamiento del registro. La consecuencia de no declarar el uso en tiempo y forma es fatal.

Las modificaciones a la Ley de la Propiedad Industrial que entraron en vigor el pasado 10 de agosto de 2018 en México, traen nuevas obligaciones para los titulares de registros de marca que es imprescindible conocer. Entre ellas, destacamos las declaraciones de uso real y efectivo de las marcas. Estas declaraciones de uso están consideradas para dos momentos:

  • Al cumplir tres años de registro.
  • En la renovación del registro de marca.

Dichas modificaciones afectan a cualquier marca registrada en México, ya sea una marca local o una derivada de un Registro Internacional.

El caso que nos ocupa en el presente artículo es el de las marcas registradas a partir del 10 de agosto de 2018, donde la Ley señala la obligación de declarar el uso real y efectivo dentro de los tres meses posteriores a que se cumplan tres años del otorgamiento del registro.

La consecuencia de no declarar el uso en tiempo y forma es fatal, pues la Ley establece que si el titular del registro no declara el uso, el registro caducará de pleno derecho. Esto es, la falta de declaración de uso traerá como consecuencia la pérdida del registro de marca.
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